Orientación y patrocinio letrado en el Procedimiento Judicial de Liquidación Voluntaria de Bienes y en la Renegociación de Persona Deudora conforme a la Ley N° 20.720 y su reforma Ley N° 21.563.
Analizamos si cumple los requisitos normativos para acogerse a Liquidación Voluntaria o Renegociación.
La legislación concursal chilena contempla dos caminos jurídicos según la capacidad patrimonial y el estado de las cobranzas.
Corresponde al proceso judicial que se inicia ante el Juzgado de Letras en lo Civil del domicilio del deudor. Está diseñado para personas en situación de insolvencia insalvable que no tienen capacidad financiera para renegociar sus deudas.
Procedimiento administrativo voluntario que se tramita ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (SUPERIR), orientado a personas con ingresos regulares que desean reprogramar sus deudas en nuevas condiciones.
En Delgado y Albornoz Abogados no aplicamos honorarios planos desproporcionados. El procedimiento concursal de persona deudora puede iniciarse con deudas desde aproximadamente $3.500.000 CLP, por lo que nuestros aranceles se pactan de forma proporcional al monto adeudado y al trabajo procesal de cada caso.
Cada situación patrimonial es única. Evaluamos sus antecedentes para determinar con rigor técnico si el procedimiento concursal es la alternativa adecuada para usted.
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