Patrocinio y defensa judicial personalizada ante demandas de bancos, casas comerciales y cobranzas coactivas en tribunales civiles de todo Chile.
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Estrategias técnico-jurídicas consagradas en el Código de Procedimiento Civil chileno para detener cobros forzosos y proteger los bienes familiares.
Frena el curso coactivo del juicio ejecutivo antes de que se dicte sentencia de remate. Oponemos excepciones legales taxativas del Art. 464 CPC: prescripción de la deuda, pago efectivo, falta de fuerza ejecutiva del título o concesión de prórrogas.
Acción procesal urgente (Art. 518 N° 2 CPC) cuando un receptor pretende embargar o retirar muebles en el hogar del deudor que pertenecen a un familiar, pareja o arrendador. Solicitamos la suspensión del apremio (Art. 522 CPC) con prueba documental y testimonial.
Protección exclusiva de vehículos motorizados o inmuebles inscritos a nombre de un tercero ajeno a la deuda (Art. 518 N° 1 CPC). Al acompañar el Certificado de Anotaciones Vigentes o la inscripción de dominio en el CBR, suspende de pleno derecho el remate.
Los pagarés bancarios y de retail prescriben en el plazo legal de 1 año contado desde la mora o aceleración del crédito (Art. 98 Ley 18.092). Si el acreedor no notificó judicialmente dentro del plazo, deducimos excepción o demanda declarativa de prescripción.
El estudio jurídico Delgado y Albornoz Abogados fue fundado en 1986. Contamos con más de tres décadas y media de ejercicio ininterrumpido en litigación civil ante los tribunales ordinarios y cortes de apelaciones del país.
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